En 1973 la Corte Suprema de los EE.UU. declaró que el aborto era un derecho fundamental y debía ser respetado por todos y cada uno de los 50 Estados de la Unión. Este mes se ha filtrado el borrador de una sentencia del mismo tribunal que anulará la doctrina ROE vs Wade de 1973. La nueva sentencia no habla de ilegalizar el aborto, sino de devolver a los estados la competencia para regularlo a su manera. El caso nos puede parecer una anomalía de la legislación norteamericana, ajena a nuestro derecho y realidad. Contiene, sin embargo, tres lecciones de alcance general.
Primera lección. Los
organismos internacionales no pueden imponer el aborto como derecho fundamental,
porque la sencilla razón que no lo es. La ONU y el Banco Mundial serán cuestionados
cada vez que denieguen las ayudas comprometidas al desarrollo simplemente
porque el Estado receptor no suscriba los postulados de la ideología de género
(derecho al aborto y derechos LGTBI). La UE podrá denegar a Hungría los fondos debidos
por no respetar la independencia del poder judicial; no por negarse a
considerar el aborto y la legislación LGTBI como derechos fundamentales.
Segunda lección. Quienes desean imponer el aborto como
derecho fundamental, han de empezar por enmendar la Declaración de Derechos
Humanos de 1948. Recordaremos que fue redactada por una comisión multicultural
presidida por una mujer y aprobada por todos los estados integrados en la ONU (los
8 del bloque soviético se abstuvieron). ¿Conseguirán los artífices de la
ideología de genero una mayoría similar?
Tercera lección. Los 50 estados norteamericanos y el resto de naciones del planeta quedan emplazados a buscar la solución más civilizada al conflicto de intereses que generan los embarazos no deseados. Esperamos que cada vez sean menos los que piensan que el mejor remedio contra el dolor de cabeza es … la guillotina.
La Tribuna de Albacete (16/05/2022)