lunes, 17 de julio de 2017

El marco del diálogo

Antes de empezar el juego político conviene repasar 
las líneas, reglas y tiempos que lo enmarcan

            Dos de cada tres artículos sobre el affaire catalán, incluyendo los contrarios al referéndum de independencia, empiezan condenando el inmovilismo e incapacidad de diálogo del actual Gobierno español. ¡Disiento! A los políticos del PP se les puede reprochar muchas cosas. Su negativa a negociar un referéndum de secesión es digna de elogio. Saben que no entra en el marco de sus competencias.
Si mis lectores me apoyan, podríamos crear un nuevo partido político: ALI (Albacete Libre de Impuestos). El señuelo de limitar las cargas impositivas de los albaceteños al IBI, seguro que atraería muchos votos. ¿Y si el Ministerio de Hacienda no nos toma en serio? ¡Pues convocaríamos un referéndum de independencia! ¿En qué consistiría el diálogo en este caso? ¿En decidir hasta donde se rebaja la participación impositiva de la ciudad española de Albacete? ¿O en determinar los nuevos derechos y obligaciones de un Albacete independiente? Ni una cosa ni la otra. Un acuerdo así compete a la soberanía nacional y requiere la previa modificación del texto constitucional.
Pues esto es lo que no quieren ver los “referendentistas” y quienes, sin serlo, acepta las nuevas reglas del juego político que aquellos se han sacado de la manga. Un referéndum como el anunciado para el 1/10/2017, es ilegal y, por tanto, jurídicamente inocuo. Lo seguiría siendo aunque el Gobierno o el Parlamento concedieran a la Generalitat el derecho a convocarlo. La independencia de una parte del territorio español exige una reforma constitucional previa. Según el artículo 168 de la CE esta empieza con la aprobación por 2/3 del Congreso y del Senado; sigue con la disolución de las cámaras, nuevas elecciones y aprobación del texto constitucional por 2/3 de las nuevas cámaras;  acaba con un referéndum nacional.

Antes de empezar el juego político conviene repasar las líneas, reglas y tiempos que lo enmarcan. De lo contrario nos podemos decepcionar tanto como los redactores del Estatuto Catalán de 2005. Catorce de sus artículos fueron declarados inconstitucionales por el TC. De nada sirvió el argumento de que tales preceptos habían sido aprobados por el Parlament y el Congreso, y que habían sido refrendados por el pueblo catalán. Esas instituciones no pueden decidir sobre asuntos que no son de su competencia. El diálogo es útil para todo, pero en cada caso ha de ceñirse al marco legal que protege el Estado democrático de Derecho.
La Tribuna de Albacete (17/07/2017)